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Nueva Normativa de teléfonos celulares también rige para profesores

 

La nueva norma sobre el uso y no uso de teléfonos celulares al interior de los establecimientos educacionales, comenzará a regir en marzo del presente año, pero tendrá un periodo de transición hasta el 30 de junio, para que los establecimientos actualicen sus reglamentos internos.

¿De qué trata la normativa?

Es una nueva regulación del uso de dispositivos móviles en establecimientos educacionales. Esta normativa busca resguardar los procesos de aprendizaje, fortalecer la convivencia educativa y promover un uso responsable y formativo de la tecnología en niñas, niños y adolescentes.

El uso permanente de dispositivos móviles personales durante la jornada escolar puede afectar la atención, el bienestar socioemocional y las relaciones entre estudiantes. Regular su uso permite proteger el espacio educativo como un entorno de encuentro, aprendizaje y desarrollo integral, favoreciendo acuerdos comunitarios y una relación más consciente con el entorno digital.

¿Qué dicen al respecto desde el ámbito de la educación?

En relación a esta iniciativa, Carlo Campano, director ejecutivo Servicio Local de Educación Pública (Slep) Los Cerezos, señaló que: “Para el sistema educativo es una muy buena noticia contar con una regulación de los dispositivos móviles, pues permite abordar  dos elementos centrales, como lo son resguardar el desarrollo psicosocial y ciudadano de nuestras niñas, niños y jóvenes, y por otro lado focalizar en el valor  pedagógico de estos dispositivos en determinadas planificaciones del proceso educativo. Junto con lo anterior también seguirá existiendo la posibilidad que, en casos de emergencia, en casos de salud del estudiante o de ciertas situaciones particulares, debidamente acreditadas, se tenga de igual manera acceso a estos dispositivos tecnológicos de comunicación. El  establecimiento va a tener cierta autonomía para autorizar aquello”, concluyó Campano.

¿Qué opinan desde algunos establecimientos educacionales?

En relación a este tema, la directora de la Escuela Amelia Vial de Concha de Hualañé y dirigente nacional del Colegio de Profesores de Chile, Lessly Marchant Herrera, indicó que: “Esta normativa nos parece muy importante, que se vaya sensibilizando al interior de las comunidades educativas, con nuestros estudiantes, madres, padres y apoderados, respecto a cómo se implementara en los establecimientos y para eso, es esencial que sea de forma paulatina” Además, agregó que: “Si bien es cierto, el teléfono celular se puede utilizar para bienes y fines educativos, pero, cuando existe un abuso de él puede traer algún tipo de complicaciones y adicciones al estar tan expuestos nuestros estudiantes a sus pantallas”, concluyo Lessly.

¿Cómo se aprobó esta nueva norma?

El 2 de diciembre de 2025, el Congreso Nacional aprobó una modificación a la Ley General de Educación número 20.370 para establecer un marco que regula el uso de dispositivos móviles en los niveles de educación parvularia, básica y media, con excepciones específicas. Esta modificación, que corresponde a la Ley número 21.801, fue publicada en el Diario Oficial el 11 de febrero de 2026. Esta normativa considera experiencias internacionales y posiciona a Chile entre los cuatro países de América Latina que cuentan con una regulación nacional sobre el uso de dispositivos móviles en establecimientos educacionales.

¿Cuándo entra en vigencia la nueva ley?

La nueva regulación entra en vigencia a comienzo del año escolar 2026, y los establecimientos tienen plazo para actualizar sus reglamentos Internos hasta el 30 de junio del presente año.  

La Ley N° 21.801 establece la regulación del uso de dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal para los establecimientos educacionales que imparten niveles de educación parvularia, básica y media. La regulación, como regla general, se extenderá a todos los integrantes de la comunidad educativa durante el desarrollo de actividades curriculares, especialmente, dentro de las aulas, salvo los casos expresamente contemplados por la normativa.

Para efectos de la ley, se entenderá por dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal aquellos medios tecnológicos que permiten efectuar telecomunicación, acceder a la red de Internet para mantener interacción de telecomunicación y consultar contenidos o plataformas digitales (Artículo 10 ter, modificación a la Ley N.º 20.370, General de Educación). Quedan fuera del ámbito de esta regulación los dispositivos institucionales destinados al uso pedagógico.

¿Qué establece la ley?

La ley establece una prohibición general del uso de dispositivos móviles personales durante la jornada escolar, con excepciones fundadas y reguladas. Además, establece la educación digital como principio del sistema educativo.

¿Hay algunas excepciones?

La ley contempla cinco excepciones específicas: uso pedagógico autorizado, razones de salud, necesidades educativas especiales, situaciones de emergencia o motivos fundados de seguridad. Estas excepciones deben evaluarse caso a caso y quedar reguladas en el Reglamento Interno.

¿Quién define su aplicación?

Cada establecimiento debe establecer en su Reglamento Interno cómo se aplica la prohibición y las excepciones, con procedimientos claros y criterios pedagógicos. Los equipos directivos son responsables de su implementación formativa y transparente, promoviendo acuerdos con familias y estudiantes.

 

Más información en https://modoaula.mineduc.gob.cl/

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