¿Qué decidió la justicia?
La justicia determinó condenar al Hospital de Curicó al pago de indemnizaciones que en su conjunto llegan aproximadamente a los 500 millones de pesos, luego que los demandantes lograran acreditar, que respectivamente en tres casos, los que en su momento fueron calificados como negligencias médicas, hubo “evidente falta de atención”, lo que derivó en la muerte de tres personas, una de ellas, un lactante que murió un día después de haber nacido.
Dos de los casos corresponden a causas donde familiares de las víctimas acudieron a la Fundación Justicia por Amor, que permitió llevar adelante las respectivas demandas ante la justicia civil, y que finalmente tuvieron resolución en las últimas semanas, decretando en ambos casos el pago de indemnización al establecerse que hubo negligencia, tipificada como “falta de atención” o “falta de servicios” en el hospital local, lo que generó dos fallecimientos.
¿Cualés son los casos que llegaron la justicia?
En el caso del bebé recién nacido, el abogado Leonardo Fuentes, profesional que representó a la Fundación Justicia por Amor y a los padres del lactante, indicó que el “niño nació sano (el 27 de junio del 2013) pero luego tuvo problemas de neumonía, no había pediatra en el lugar, su estado se agravó, no hubo procedimiento o asistencia adecuada y lamentablemente al día siguiente el menor falleció, una verdadera tragedia para sus padres y la familia”.
El otro caso, registrado también en el 2013, asumido por Justicia por Amor y por el abogado Leonardo Fuentes corresponde a la “falta de atención” que terminó en el deceso de Benedicta López Valenzuela, vecina de 60 años de edad, quien se sometió a una “intervención quirúrgica en el hospital, producto de un cálculo en la vía urinaria, operación “que fue mal ejecutada”, lo que trajo complicaciones que terminaron en consecuencias fatales.
A ella nunca se le informó, ni a nadie de la familia, que el cálculo que ella tenía en las vías urinarias, quedó ahí, nunca lo retiraron, el tratamiento no fue efectivo. Tampoco la citaron a ningún control o revisión posterior a eso. En el intertanto, se generó un cuadro que derivó en una infección urinaria, que pasó a una asepsia (infección interna). Cuando fue trasladada al hospital iba ya con paro cardiaco, una infección generalizada que culminó en la muerte de la paciente.
¿Qué resolvió la justicia?
Leonardo Fuentes precisó que en ambos casos la justicia civil acogió los argumentos de los querellantes. En el fatal episodio del bebé fallecido, el Segundo Juzgado de letras de Curicó ordenó el pago 15 millones de pesos a cada uno de los padres, cifra que fue incrementada a 25 millones, por la Corte de Apelaciones de Talca. Es decir 50 millones de pesos, por daño moral.
En tanto en el segundo caso, de la señora Benedicta, el Primer Juzgado de Letras decretó el pago de 40 millones de pesos para el cónyuge y 20 millones de pesos para cada uno de los 6 hijos de la víctima. Esta última cifra también fue subida por el máximo tribunal de la región que decretó fuesen 25 millones de pesos a pagar a cada uno de los hijos de la vecina fallecida, lo que en suma equivale a un total de 190 millones de pesos.
¿Cuál es el tercer caso?
La justicia también emitió fallo en torno a un tercer caso, dictado por el Primer juzgado de letras de Curicó, “que establece una indemnización en contra el Hospital de Curicó, también por falta de servicio, y que causó el fallecimiento de Doña Elba Solorza, de 77 años de edad, que perdió su vida a raíz de los efectos de una cirugía a la que fue sometida en este centro de salud”, en abril del año 2016, añadió el abogado.
En este dictamen se determinó una indemnización de 260 millones de pesos a pagar a los hijos de la víctima que llevaron en forma particular esta demanda también junto a los abogados Leonardo Fuentes y Alejandro Valenzuela, ambos del mismo estudio jurídico.
“De esta forma tenemos tres fallos contra el hospital, que en forma global da un total de 500 millones de pesos, que este centro de salud deberá pagar a las víctimas, producto de la falta de servicio”, sostuvo Fuentes.
¿Qué opinaron en laFundación Justicia por amor?
La presidenta de la Fundación Justicia por Amor, Erika Adasme, recordó el dolor por “el cual han debido cruzar las familias de las personas que fallecieron por estas negligencias, han sido procesos largos, de muchos años, hasta llegar a estos fallos, recordar a Tomás, recién nacido que murió a horas de su nacimiento por prácticamente no contar con atención”.
Adasme reconoció que la indemnización económica no les devolverá al ser querido, pero sí ayudarán a que gracias a estos fallos se vayan formando precedentes en torno a los casos de negligencia médicas, en “que sí se pueden ganar causas, cosa que años atrás era algo impensable, en que sí se puede llegar a tribunales y sí se puede sancionar a los centros en que se produce este tipo de hechos”, afirmó.
¿Porqué no hay sanción para los responsables directos?
Por último, la Presidenta de la Fundación Justicia por Amor, lamentó que no haya legislación en Chile que sancione directamente a los responsables de las negligencias médicas. “Hoy no es posible sancionar a los médicos que producen estos daños, porque están amparados por una institución que les ‘presta ropa’ y no se permiten que se les sancione”, acotó
¿Y que dice la legislación?
Erika Adasme, presidenta de Justicia por Amor, contó que al no haber legislación más amplia que aborde, por ejemplo, las responsabilidades de médicos en las situaciones de “negligencias médicas”, es que se les ha invitado a participar en la elaboración de una ley en esta materia. “Este año 2023 estamos convocados a eso justamente, estamos armando el equipo, tenemos ya bosquejado lo será nuestro proyecto de ley con respecto a las negligencias medicas”, aseveró.