¿Qué ocurrió?
Por casi ocho horas se prolongó este martes la audiencia de formalización de la investigación en contra del imputado Jorge Escobar Escobar, único detenido por la muerte del niño, Tomás, de apenas tres años y siete meses, cuyo cuerpo sin vida fue descubierto tras nueve días en un sector rural de la comuna de Arauco, en la región del Biobío. Todo ello, tras una búsqueda que llamó la atención de la opinión pública nacional.
¿Qué hizo la fiscalía?
En la audiencia, el fiscal de Arauco, José Ortiz, presentó cargos criminales por homicidio calificado en contra de Jorge Escobar, según dijo, bajo la circunstancia calificante de alevosía. Para ello, afirmó que el imputado habría salido de la casa de la familia del niño, acompañado por el menor, para llegar hasta un punto distante a dos kilómetros, donde habría provocado la asfixia del menor, utilizando un objeto contundente con el cual obstruyó sus vías respiratorias. Luego, afirmó que el imputado supuestamente habría movilizado el cuerpo a un punto distinto del lugar del hallazgo.
¿Qué pruebas relató el fiscal?
El fiscal sostuvo que existe un informe pericial evacuado por el Laboratorio de Criminalística de Carabineros (Labocar), así como también los relatos del imputado –cuatro declaraciones realizadas ante Carabineros y la PDI en calidad de testigo- y un dibujo elaborado por el imputado con un supuesto mapa del sitio del suceso.
¿Existe confesión del imputado?
El fiscal leyó las cuatro declaraciones tomadas al imputado, donde siempre mantuvo su versión, esto es, que había salido temprano de su domicilio para ayudar a un amigo en la producción de chicha. Luego que volvió a su hogar cerca de las siete de la tarde del 18 de febrero pasado y que salió a buscar a tres vacas que estaban pastando en el campo de la familia. Allí reconoció que el niño pidió acompañarlo y que esperó que su hermana y madre del menor le cambiara ropa. Su relato continúa en el sentido que cuando encontró la tercera vaca, en una ladera de cerro, dejó al menor esperando y bajó a rescatar al animal, agregando que no encontró al niño cuando retornó al mismo lugar.
¿Existe prueba directa contra el imputado?
El fiscal no entregó ninguna prueba directa, sino que sostuvo la formalización en la presunción de que el imputado fue el único en reconocer que fue el último en permanecer con el niño y que, además, presentaría supuestas lesiones atribuibles a mover el cuerpo del menor.
¿Qué medida cautelar solicitó el fiscal?
Atendida la pena aflictiva equivalente al delito formalizado y un posible peligro de fuga, el fiscal solicitó al Juzgado de Garantía de Arauco la medida cautelar de prisión preventiva contra el imputado. Todo ello, por estimar que su libertad constituiría un supuesto peligro para la seguridad de la sociedad.
¿Qué dijeron las partes querellantes?
Luego de las tres horas que se prolongó la formalización de la investigación, el tribunal le dio la palabra a las partes querellantes. El abogado que representa al padre del niño fallecido fue el único que solicitó la misma medida cautelar que el fiscal. Un camino distinto siguió la Fundación Amparo y Justicia, representante de la madre de la víctima, así como la Defensoría de la Niñez, cuyos abogados no hicieron peticiones al tribunal a este respecto.
¿Y qué replicó la Defensoría Penal Pública?
Los dos abogados de la Defensoría Penal Pública que representaron al imputado en la audiencia, quienes previamente habían dialogado por largos minutos con el imputado en forma privada y también habían solicitado media hora extra al tribunal para estudiar nuevos antecedentes expuestos por la fiscalía, replicaron en duros términos los fundamentos de la formalización y de la solicitud de prisión preventiva.
¿Cuáles fueron los principales planteamientos?
A juicio de la defensa, el informe del Labocar de Carabineros que fundamentó la formalización de la fiscalía tendría severas inconsistencias y sus fundamentos no estarían respaldados en antecedentes periciales. En especial, señalaron que habría discrepancias entre las conclusiones del Labocar con el informe de autopsia evacuado por el Servicio Médico Legal (SML) y otro documento similar evacuado por la Brigada de Homicidios de la PDI.
¿Qué detallaron en cuanto a la autopsia?
Los defensores pusieron énfasis en que el informe del SML establece una causa de muerte indeterminada, por cuanto indica que faltan exámenes histopatológicos a fin de establecer científicamente si en el fallecimiento del niño hubo o no intervención de terceras personas. A la vez, los peritos indican que la data de muerte del niño sería de cinco a siete días, es decir, que no habría ocurrido la misma fecha de su desaparición, ya que el cuerpo fue encontrado nueve días después.
¿Y respecto al informe de la PDI?
En este punto, los defensores acusaron al fiscal de supuestamente ocultar el contenido de este informe –de 500 páginas, en contraposición a las diez páginas del informe del Labocar- al Juzgado de Garantía. Detallaron que la PDI sostiene allí que sus peritajes externos al cadáver del menor tampoco permitieron establecer una causa de muerte; luego, que el peritaje de posicionamiento telefónico por GPS descartó que el imputado haya estado en el lugar donde apareció el cuerpo del niño; y que la conclusión de los detectives es que no existen fundamentos para la presunción de responsabilidad del detenido.
¿Qué contestó el fiscal?
El fiscal replicó que la decisión de llevar adelante una formalización ex exclusiva y excluyente del Ministerio Público, ante lo cual, los abogados de la Defensoría lo acusaron de “exacerbar” el dolor de la familia al realizar una formalización apresurada y con severas inconsistencias.
¿Qué resolvió el tribunal?
La jueza, Pela Roa, del Juzgado de Garantía de Arauco, se tomó media hora para dictar su resolución. Allí analizó, en primer lugar, la existencia del delito de homicidio calificado formalizado por el fiscal. Al respecto, sostuvo que esta hipótesis es incompatible con el resultado preliminar de la autopsia realizada en el SML. Y en cuanto a la participación del imputado, tal como lo planteó el fiscal, la jueza se inclinó por el informe de la PDI en cuanto a que no existen elementos o evidencias que acrediten esta hipótesis. Con estos fundamentos, la jueza rechazó la medida cautelar de prisión preventiva.
¿Qué hizo el fiscal?
Acudiendo a facultades legales, el fiscal presentó una apelación verbal a la resolución del tribunal, solicitando que la causa sea revisada en las próximas 24 horas por la Corte de Apelaciones de Concepción.
¿Qué pasará por mientras con el imputado?
El detenido seguirá temporalmente bajo custodia de Gendarmería en el centro penitenciario de Concepción.
¿Qué decisión deberá adoptar la Corte de Apelaciones?
El máximo tribunal penquista deberá escuchar hoy alegatos de la fiscalía y la defensa del imputado, para luego resolver si confirma o revoca la decisión del tribunal de primera instancia. En caso de confirmar, se podría decretar la libertad inmediata del imputado. Esa decisión es definitiva e inapelable, lo mismo que si revoca y decreta la prisión preventiva del detenido.